Cómo dar de alta una empresa

Si estás planeando conformar una empresa desde cero, sabrás que no es tan sencillo como comenzar a ofrecer un producto o un servicio y empezar a facturar.

Para llegar hasta ese punto hay que hacer una serie de trámites que te contamos en este artículo. 

Trámites Generales

La administración pública exigen una serie de trámites correspondientes a la práctica empresarial generales para cualquier sector: 

  1. Elección de la forma jurídica. 

Antes de crear la empresa, es necesario conocer las distintas opciones que existen y que obligaciones, responsabilidades y derechos tienen cada una. Sociedades, comunidades de bienes, empresario individual autónomo…

  1. Registro mercantil.

En el caso en que hayas decidido crear una entidad jurídica, sabrás que en el caso de las sociedades, tanto anónimas cómo limitadas, el primer paso es solicitar la denominación de la misma en el Registro Mercantil Central. Una vez conseguido el nombre de la sociedad, podrás acudir a la Agencia Tributaria para la solicitud del NIF provisional mediante la presentación de una declaración censal. 

A continuación, mediante un notario se realizarán las escrituras y se elevará a público. También podrías omitir el paso anterior y el propio notario obtiene el día de la fimra el NIF provisional. Una vez firmadas se remiten al Registro Mercantil para su inscripción, y una vez inscritas, se notifica a la Agencia Tributaria mediante el modelo censal 036 para solicitar el NIF definitivo. 

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  1. Alta como empresario, profesional y retenedor (AEAT)

A la Agencia Tributaria, se le notifica el comienzo de la actividad de un empresario individual, un profesional, o una sociedad, mediante el modelo 036 o 037, según el caso. La actividad, viene determinada por un epígrafe definido en el Impuesto de Actividades Económicas, siendo muy importante especificar bien la actividad, porque en función de la misma las obligaciones fiscales podrían variar sustancialmente. Será necesario también, especificar la fecha de comienzo de la actividad.

  1. Alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.

En este caso el alta debe realizarse en la Tesorería General de la Seguridad Social. Es la manera de dar comienzo a la cotización de los trabajadores autónomos y empresarios individuales, comuneros y los socios y administradores de algunas sociedades en el sistema de Seguridad Social. La inscripción debe realizarse previamente al comienzo de la actividad en cualquier caso.

  1. Obtención del certificado electrónico

El certificado electrónico permite firmar electrónicamente con un cifrado criptográfico y es fundamental para llevar a cabo muchos de los trámites que estamos describiendo en este artículo. Para el caso de las personas jurídicas, es imprescindible para actuar con la administración. 

  1. Elaboración y posterior legalización del libro diario y del Libro de inventario y Cuentas anuales.

Las disposiciones del Código de Comercio exigen que se elaboren un Libro diario, un Libro de inventario y un Libro de Cuentas anuales que han de presentarse en el Registro Mercantil Provincial. Además, será también obligatorio en ciertos casos publicar los libros de actas y de socios. 

Los libros contables deben presentarse periódicamente y estar accesibles en caso de inspección. Se pueden cumplimentar mediante soporte electrónico y presentarse por vía telemática. 

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Otros trámites

Además de los trámites de carácter general, existen otros que deben cumplimentarse dependiendo del sector, de si se contratan o no trabajadores y algunos de carácter específico según el tipo de actividad. 

Una recomendación para emprendedores

La mayoría de los trámites se “pueden” cumplimentar de forma telemática. Y decimos “pueden” entre comillas porque a pesar de tener certificado y DNI electrónico, recibimos muchas quejas de clientes que han intentado hacer trámites por su cuenta y les ha sido imposible debido a la complicidad de los portales online de la Hacienda Pública y la Seguridad Social.

Cada portal es distinto y los formularios puede que sean un poco confusos para quienes no están acostumbrados. 

Si es que vas a dar de alta una nueva empresa, te recomendamos que evalúes si el tiempo que inviertes en aprender cuáles son las gestiones y comunicarte con la administración pública (arriesgándote a pasar por alto algún trámite lo que luego conlleva una posible sanción), merece el tiempo y desembolso invertido.

Para dar de alta una empresa también puedes contactar con una asesoría que te resuelva todas tus dudas, te ayude a realizar un plan de viabilidad de tu negocio, para un mejor estudio del potencial del mismo, y se encargue de los trámites y la comunicación (muchas veces ininteligible para los neófitos) con las administraciones y tesorerías públicas. 

Cómo dar de alta una empresa

Si estás planeando conformar una empresa desde cero, sabrás que no es tan sencillo como comenzar a ofrecer un producto o un servicio y empezar a facturar. Para llegar hasta ese punto hay que hacer una serie de trámites que te contamos en este artículo. 

Trámites Generales.

La administración pública exigen una serie de trámites correspondientes a la práctica empresarial generales para cualquier sector: 

  1. Alta como empresario, profesional y retenedor (AEAT)

Se le notifica a la Agencia Tributaria el comienzo de la actividad de un empresario individual, un profesional, o una sociedad. Esta notificación debe cumplimentarse antes de ejercer dicha actividad. Se hace mediante el modelo 036 o 037.

  1. Impuesto sobre las Actividades Económicas (AEAT)

De la actividad empresarial se deriva un tributo del que sólo está exento el sector primario. 

  1. Alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.

En este caso el alta debe realizarse en la Tesorería General de la Seguridad Social. Es la manera de dar comienzo a la cotización de los trabajadores autónomos y empresarios individuales, comuneros y los socios y administradores de algunas sociedades en el sistema de Seguridad Social. La inscripción debe realizarse en los primeros 30 días naturales desde el comienzo de la actividad.

  1. Alta de los socios y administradores en los regímenes de la Seguridad Social.

El tipo de alta en la Seguridad Social depende del tipo de sociedad y el capital social de los socios. También se realiza en los primeros 30 días desde el inicio de la actividad empresarial. 

  1. Legalización del Libro de Actas, del Libro de registro de socios, del Libro de registro de acciones nominativas  y del Libro de registro de contratos entre el socio único y la sociedad. 

La ley obliga a redactar por escrito la constitución de la empresa, ya sea unipersonal o formada por varios socios y a presentarlas en el Registro Mercantil Provincial. Cada tipo de sociedad está obligada a diferentes actuaciones en este sentido.

  1. Legalización del libro diario y del Libro de inventario y Cuentas anuales.

Las disposiciones del Código de Comercio exige que se elaboren un Libro diario, un Libro de inventario y un Libro de Cuentas anuales que también deben presentarse en el Registro Mercantil Provincial. Los libros contables deben presentarse periódicamente y estar accesibles en caso de inspección. Se pueden cumplimentar mediante soporte electrónico y presentarse por vía telemática. 

  1. Obtención del certificado electrónico

El certificado electrónico permite firmar electrónicamente con un cifrado criptográfico y es fundamental para llevar a cabo muchos de los trámites que estamos describiendo en este artículo. Puede ser utilizarse el del DNI electrónico o un fichero de software. 

Otros trámites

Además de los trámites de carácter general, existen otros que deben cumplimentarse dependiendo del sector, de si se contratan o no trabajadores y algunos de carácter específico según el tipo de actividad. 

Una recomendación para emprendedores

La mayoría de los trámites se “pueden” cumplimentar de forma telemática. Y decimos “pueden” entre comillas porque a pesar de tener certificado y DNI electrónico, recibimos muchas quejas de clientes que han intentado hacer trámites por su cuenta y les ha sido imposible debido al mal funcionamiento de los portales online de la Hacienda Pública y la Seguridad Social.

Puede ser que momentáneamente los portales no respondan bien, o que los formularios sean un poco confusos para quienes no están acostumbrados. 

Si es que vas a dar de alta una nueva empresa, te recomendamos que evalúes si el tiempo que inviertes en aprender cuáles son las gestiones y comunicarte con la administración pública (arriesgándote a pasar por alto algún trámite lo que luego conllevaría una posible sanción), merece el tiempo y desembolso invertido.

Para dar de alta una empresa también puedes contactar con una gestoría que te resuelva todas tus dudas y se encargue de los trámites y la comunicación (muchas veces ininteligible para los neófitos) con las administraciones y tesorerías públicas.