Algunos extras que tener en cuenta antes de aceptar el borrador de la declaración de la renta

Cuando llega el momento de realizar la declaración de la renta, todos queremos que nos salga a devolver. O por lo menos, que tengamos que pagar a Hacienda lo menos posible. 

Los técnicos del Ministerio de Hacienda (Geshta), recomiendan que para ahorrar lo máximo posible en nuestra declaración, se incluyan todas las deducciones fiscales. 

Porque aunque un 70% de las declaraciones salen a devolver, los contribuyentes tendemos a confirmar rápidamente el borrador y podríamos beneficiarnos de algunas reducciones más.

Para sacar el máximo partido en nuestra declaración, Geshta ha elaborado un decálogo que nos ayude a la hora de modificar el borrador.

Prestaciones exentas

Están exentas las prestaciones de maternidad y paternidad y no se incluyen en la declaración de la renta.

Los premios de determinadas loterías y apuestas como la ONCE, están exentas hasta 20.000 euros, superado este límite, tributará al 20% pero como al recibir el cobro se realiza una retención, no tiene repercusión sobre el IRPF. Sin embargo hay que tenerlo en cuenta para el impuesto sobre el Patrimonio. 

Siempre que una afiliación a un sindicato o un colegio profesional sea obligatoria para desempeñar un empleo, debe modificarse el borrador para que se incluya, así como los gastos en abogados frente a un pagador, o la movilidad geográfica motivada por un puesto laboral (este último caso para un demandante de empleo que ha encontrado trabajo durante el periodo impositivo).

Tampoco hay que olvidar otras exenciones, como los seguros por enfermedad, los gastos escolares y académicos, el transporte colectivo de trabajadores, las participaciones o acciones de empresa y los vales de comida.

No está de más añadir que cualquier duda que tengas podemos solucionarla en nuestra asesoría.

Inmuebles vacíos y alquileres turísticos

Cuando una vivienda o un local permanece vacío genera unos impuestos que se calculan mediante un porcentaje del valor catastral. Es conveniente revisar que la imputación sea correcta, que no se incluyan inmuebles que ya no son de nuestra propiedad, que se esté contemplando si hay varios propietarios…

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Desde 2018 las empresas intermediarias están obligadas a informar sobre el uso de viviendas para alquileres turísticos, por lo que conviene no olvidar incluir estas propiedades como rendimiento del capital.

Ganancias patrimoniales

Las ayudas para la compra de un vehículo o reforma de una vivienda son ganancias patrimoniales que suelen venir incorporadas en el borrador, y es conveniente revisar que así sea para evitar una sanción. 

Los mayores de 65 años o las personas en situación de dependencia severa no están obligadas a declarar las ganancias obtenidas de la venta de la vivienda habitual o de cualquier otro tipo de bien, con un límite de 240.000 euros si el importe de la venta se destina a la creación de una renta vitalicia o si se reinvierte en la adquisición o rehabilitación de otra vivienda habitual.

Se pueden compensar las pérdidas generadas por fondos de inversión, acciones u otros servicios financieros, con ganancias patrimoniales siempre que hayan ocurrido en el mismo período impositivo.

Cambios en la situación familiar

Deben incluirse los cambios en el estado civil, defunciones y nacimientos ya que afectan a la posibilidad de deducciones familiares. También se tiene en cuenta la situación de discapacidad o dependencia. 

Existe una nueva deducción en el caso de familias en las que una parte de sus miembros residan en otro país de la Unión Europea y no puedan presentar una declaración conjunta. 

Deducciones especiales que se deben tener en cuenta son familia numerosa, familia monoparental o tener un familiar de primer grado con discapacidad. Estas deducciones son compatibles entre sí.

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Deducciones autonómicas

Además de las deducciones generales, conviene conocer las autonómicas para incluirlas en el borrador, ya que nos pueden suponer un ahorro importante. 

Alquileres de vivienda habitual

La deducción estatal por alquiler de vivienda sólo se aplica a contratos firmados antes de 2015. Cada comunidad autónoma tiene deducciones propias a este respecto. 

Compras de vivienda y cláusula suelo

La deducción por compra de vivienda habitual que ya desapareció, se sigue aplicando a quienes la realizasen antes de 2013. 

Aportaciones a partidos políticos y donaciones

Las aportaciones a partidos y solidarias desgravan y dan derecho a una deducción del 20% de las cuotas de afiliación. 

Planes de pensiones

Aunque aparecen en el borrador, conviene verificar los datos sobre las aportaciones a planes de pensiones ya que estas aportaciones permiten rebajar la base imponible. 

Autónomos

Los autónomos que trabajan desde su vivienda pueden deducirse los gastos comunes además de los gastos en los que incurren por el desarrollo de su actividad. 

Con estas directrices, los técnicos de Hacienda nos invitan a revisar nuestra declaración antes de presentarla ya que te puede suponer un gran ahorro.